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Reinscripción

La reinscripción es semestral en planteles públicos de la modalidad escolarizada.

 

El área de servicios escolares deberá verificar antes de realizar la reinscripción, el tiempo para regularizar la situación académica del alumno con adeudo de materias, el cual no deberá exceder los cinco años que son el tiempo máximo para cubrir el plan de estudios en la modalidad escolarizada de planteles públicos.

 

El alumno podrá reinscribirse al siguiente semestre, cuando acredite todas las asignaturas y módulos cursados de los semestres anteriores o cuando el número de materias no acreditadas, sea el permitido en cada unidad administrativa para tener derecho de reinscripción. En el bachillerato tecnológico, podrá reinscribirse cuando adeude una o dos asignaturas, una asignatura y un módulo o un módulo de semestres anteriores.

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